PVEM Jalisco

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Transparencia e Información Pública ::: Información Adicional

Artículo 18.- Además de la información prevista en el artículo 13, los partidos políticos deberán dar a conocer:

I M P O R T A N T E :

I N F O R M A C I O N   E N  P R O C E S O  D E  A C T U A L I Z A C I Ó N  Y  D I G I T A L I Z A C I Ó N

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1   Link   I. El origen de los recursos públicos y privados que reciban
Ingresos asignados por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana u otra Institución Pública
145
2   Link   II. Los gastos de las campañas constitucionales, así como aquellos de campañas internas de precandidatos a puestos de elección popular o dirigencia, siempre y cuando se utilicen recursos de origen público
95
3   Link   III. El gasto corriente
164
4   Link   IV. Los informes financieros que deban presentar ante el Consejo Electoral del Estado
165
5   Link   V. Sus estatutos, declaración de principios y demás documentos normativos
147

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Si existieran suficientes ciclo vías seguras, utilizaría la bicicletas transporte regular?
 

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